Acerca del posgrado
Es responsabilidad del Consejo de Ciencia y Tecnología del Estado de Chiapas promover, impulsar y fomentar la creación, fortalecimiento y consolidación de programas de posgrado de alto nivel en el Estado.
Los programas de posgrado y, en general, de formación de científicos y tecnólogos que apoye el Consejo de Ciencia y Tecnología del Estado de Chiapas, deberán perseguir, al menos, los objetivos siguientes:
- Propiciar la reorientación de la oferta del posgrado impulsando programas acordes con las necesidades esenciales de Chiapas;
- Consolidar los programas existentes congruentes con las demandas prioritarias del Estado;
- Formar recursos humanos de alto nivel capaces de estudiar y atender las demandas prioritarias del Estado de Chiapas;
- Generar tesis, estudios y proyectos de desarrollo y de gestión tecnológica que resuelvan las necesidades esenciales de Chiapas y que vinculen a la ciencia y la tecnología con la producción de bienes y servicios;
- Cumplir con los estándares de excelencia señalados en el Padrón de Calidad del Consejo de Ciencia y Tecnología del Estado de Chiapas, y
- Fortalecer los programas de posgrado pertinentes con el desarrollo del Estado a fin de que ingresen en el mediano plazo en los padrones de calidad
- nacionales.
Acerca de las becas y apoyos
Las becas y apoyos para la formación de científicos y tecnólogos tendrán como propósito que estudiantes chiapanecos realicen y concluyan estudios de posgrado y estancias en programas locales, nacionales e internacionales de calidad reconocidos por el CONACYT y por el propio Consejo de Ciencia y Tecnología del Estado de Chiapas. Se dará preferencia a las solicitudes que provengan de los programas establecidos en la Entidad. Las becas al extranjero sólo se otorgarán en programas de calidad, preferentemente de doctorado o de doctorado directo, en disciplinas y especialidades que no se impartan en las instituciones locales y nacionales.
Para formalizar los estímulos, becas y apoyos para la formación de científicos y tecnólogos otorgados a estudiantes de licenciatura, para estancias técnicas, o para el estudio de especialidades, maestrías o doctorados, ya sean locales, nacionales o en el extranjero, el beneficiario deberá suscribir los documentos, emitidos por el Consejo de Ciencia y Tecnología del Estado de Chiapas. Estos documentos deberán establecer las características, condiciones y modalidades de la beca o apoyo otorgado, en el lugar y plazos indicados por el Consejo de Ciencia y Tecnología del Estado de Chiapas. En todos los casos, el otorgamiento de los apoyos estará sujeto a la disponibilidad presupuestal del Consejo de Ciencia y Tecnología del Estado de Chiapas.
Las Becas y apoyos que administre el Consejo de Ciencia y Tecnología del Estado de Chiapas podrán cubrir total o parcialmente algunos de los siguientes rubros:
- Gastos de traslado;
- Gastos de instalación y menaje de casa;
- Manutención;
- Colegiatura;
- Apoyo académico;
- Servicio médico;
- Gastos de Impresión de Tesis, y
- Gastos de Titulación.
Conforme a su cobertura, las becas que otorgue el Consejo de Ciencia y
Tecnología del Estado de Chiapas podrán ser:
- Totales: cubren íntegramente los rubros III y IV y algunos de los señalados en el Artículo anterior, y
- Complementarias.-Cuando se otorguen como suplemento del costo de alguno de los conceptos señalados en el párrafo anterior o de alguna otra beca o apoyo.
Por ningún motivo podrán quedar comprendidos los gastos derivados de actividades y cursos propedéuticos, idiomas o de aquellos no incluidos en los programas oficiales para los cuales se otorgó el financiamiento.
El Consejo de Ciencia y Tecnología del Estado de Chiapas no intervendrá en ningún trámite migratorio, del becario en el extranjero o de apoyos mixtos para cualquiera de sus dependientes económicos, ya sea ante autoridades nacionales o extranjeras.Conforme a su origen, los apoyos podrán provenir de:
- Directamente del Gobierno del Estado, a través del Consejo de Ciencia y Tecnología del Estado de Chiapas;
- Del Presupuesto de Egresos de la Federación;
- Con participación parcial o total de recursos financieros de otras
- dependencias, en los términos de los respectivos acuerdos suscritos, y
- Fondos mixtos.- Creados para apoyar el fortalecimiento de las capacidades de investigación científica y tecnológica y la resolución de las necesidades esenciales de la Entidad.







